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viernes, 27 de diciembre de 2024

El Derecho Romano y la "Summa Honoraria" chistavina

Os voy a contar una historia muy compleja para que entendáis lo que sucede a nuestro alrededor. La leyenda de los acantilados de Maro, es un libro mío de mitología que contiene un cuento fantástico sobre Áyax El Grande o Áyax Telamón, hijo de Telamonio, un héroe griego de la guerra de Troya, que renace en nuestra época en el personaje de Diego.

En el Capítulo 16: Vesta, cuento que: 

La política local tenía su base en la Magistratura segmentada en niveles, que eran las encargadas del gobierno.

Eran elegidas anualmente por sufragio entre los ciudadanos y se elegían los magistrados para cada una de ellas; dos cuestores, dos ediles y dos duoviros.

El periodo de vigencia de las magistraturas era de un año y se dividía de menor a mayor rango en Cuestores, que eran de rango inferior y eran los encargados del cobro de la recaudación y estaban en contacto con los provinciales para el cobro de impuestos.

Los Ediles eran los encargados de la seguridad pública y de imponer sanciones así como de la organización de juegos y la regulación del funcionamiento de los mercados.

Los Duoviros o Quattuorviros, que son el máximo rango y poder ejecutivo del municipio, se encargaban de elaborar el censo, la designación de los jueces, la administración de las finanzas y el cumplimiento de los preceptos religiosos.

En algunas ocasiones los magistrados tenían derecho de veto sobre las decisiones de sus colegas, acto que creaba no pocas rencillas e incluso atentados con resultado de muerte.

El acceso a la magistratura se encontraba limitado a aquellos ciudadanos con capacidad económica que le permitiese hacer frente al pago de la Summa Honoraria, una cantidad estipulada por ley que debía gastarse en la organización de juegos y actividades llamadas evergéticas, que consistían así mismo en la construcción de todo tipo de infraestructuras necesarias para el progreso de la comunidad, lo que resultaba un aporte fundamental para la economía de la zona.

Había dos tipos de asambleas, la Comitia y la Contio, que recogía el Vox Populi, la voz del pueblo, que se usaban para designar el lugar apropiado para tomar una decisión legislativa, judicial o la elección de cargos públicos a través de los aplausos y abucheos sin que la cosa resolviese ningún asunto con decisión de valor legal.

Solo tenían valor político para saber la opinión pública en asambleas donde se pronunciaban los edictos de los magistrados o para presenciar juicios sumarísimos y ejecuciones sin ninguna restricción ni solemnidad."

Todo esto sacado de lo que representan los poderes públicos en una comunidad romana, puesto que quien estudie Derecho estudia Derecho Romano. 

Pero hoy día no tiene razón de ser porque la base que legisla quién puede o no acceder, la han cambiado precisamente aquellos que dicen que son muy de izquierdas o muy de derechas, añadiendo leyes que protegen su estatus con privilegios, para no ser encarcelados por sus desmanes contra los ciudadanos y sus propiedades. 

En cuanto acceden a un puesto en un ayuntamiento, una institución comunitaria o estatal, están vendidos a los intereses del poder económico. Pero lo más inaudito es que cobran por ello de la comunidad cuando la ley establece claramente que tienen que pagar a la comunidad la "Summa Honoraria", la cantidad estipulada por ley que debía gastarse en la organización de juegos y actividades llamadas evergéticas, que consistían así mismo en la construcción de todo tipo de infraestructuras necesarias para el progreso de la comunidad, lo que resultaba un aporte fundamental para la economía de la zona."


¿Habéis visto a algún político local, comarcal, regional o estatal pagar la "Summa Honoraria"?.


Seguro que Manolito Buisán, el Abogao, sa keao perplejo.  💀💀💀💀💀💀💀





El Derecho Romano y la "Summa Honoraria" chistavina

Os voy a contar una historia muy compleja para que entendáis lo que sucede a nuestro alrededor. La leyenda de los acantilados de Maro, es un...